Más de una docena de inspectores navales del Departamento de Navegación de la Autoridad Marítima de Panamá, estará laborando durante los días de carnaval, a fin de garantizar el cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes para las naves de servicio interior, de acuerdo al Decreto 61 del 23 de octubre de 1979, que rige las condiciones que deben reunir estas naves.
La aplicación del Plan de Contingencia se inició en los días previos al Carnaval, mediante inspecciones a las naves que se dedican al transporte de pasajeros, localizadas en los atracaderos próximos a la ciudad de Panamá, con la finalidad de salvaguardar la seguridad de la navegación, proteger la vida humana en el mar y prevenir la contaminación del medio ambiente marino y continuará durante los días de la fiesta de Momo hasta el 25 de febrero, miércoles de ceniza.
Las naves que pasaron la inspección satisfactoriamente son Calypso Princess, Calypso Queen, Isla Morada, Fantasía del Mar, Linda 2, Aurora III, Pacific Princess II, Linda 3, Swiffship, Imagination Tours, Isla Contadora I, Taboguilla, Elizabeth Herminia, Doña Flor, India Bonita, Gran Abel, Don Jaime, En Vos Confío, El Yut, Pedro González, La Esmeralda y La Guinea.
Entre los parámetros generales contemplados en la inspección que se le realiza a las naves de servicio interior destacan las condiciones del casco, máquinas y sus estructuras; contar con equipos de incendio en buenas condiciones; tener los dispositivos de salvamento y dotación tales como los botes, balsas, aros y chalecos salvavidas, en la cantidad requerida para el máximo de personas que pueda llevar a bordo.
Igualmente, se inspeccionan las luces de navegación y señales de socorro; las instalaciones radioeléctricas y las marcas de calado y del nombre de la nave.
A las embarcaciones que cumplen con
los requisitos, la AMP le extiende el Certificado de Inspección que debe
ser colocado en un lugar visible, en el que se indica la fecha en la que se
realizó la inspección y la fecha de vencimiento, mientras que
en los casos en los que se determine la existencia de cualquier deficiencia,
se comunicará a la Dirección General de Marina Mercante a fin
que se adopten las medidas pertinentes.