UNIDAD DE CONTROL Y CUMPLIMIENTO - FUNCIONES
   

 

Funciones:

  • Brindar asistencia y cooperación a los distintos Departamentos y Direcciones de la AMP, así como a usuarios, en materia de convenios y normas de la Gente de Mar.
  • Analizar, proponer y realizar consultas para la adopción e implementación de los instrumentos internacionales referentes a la Gente de Mar.
  • Facilitar a los Consulados, Oficinas Regionales, Armadores, Operadores y otros usuarios, las leyes, resoluciones, circulares y otros instrumentos jurídicos en materia de gente de mar.
  • Contribuir a difundir en el sector nacional e internacional, la normativa en materia de la Gente de Mar, mediante las vías pertinentes y realizar el envío de toda la documentación  necesaria a la Organización Marítima Internacional (OMI), en seguimiento de las disposiciones establecidas en el Artículo IV y Regla I/7 del Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978, enmendado (STCW 1978, enmendado), y además de la Sección A-1/7 del Código de Formación.
  • Gestionar cuando se requiera, la cooperación técnica, en programas y necesidades de capacitación para el personal de la Dirección General de la Gente de Mar, con las instancias correspondientes de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y con otros organismos nacionales e internacionales.
  • Participar en reuniones de la Comisión Consultiva con relación a las evaluaciones y auditorias efectuadas por el Departamento de Formación Marítima a Centros de Formación Marítima locales y en el extranjero.
  • Coordinar y dar seguimiento a los temas tratados en las reuniones de la Organización Marítima Internacional (OMI) y de otros Organismos Internacionales, en materia de gente de mar. Ser el enlace de la Dirección General de Gente de Mar con la Dirección General de Marina Mercante, y concordante con el Representante Permanente de Panamá ante la OMI, para unificar criterios sobre la posición de la Administración Marítima Panameña, con respecto a temas de la gente de mar.
  • Representar a la Dirección General de la Gente de Mar, en reuniones de la Organización Marítima Internacional (OMI), y de otros Organismos Internacionales
  • Colaborar en el Procedimiento de Manejo de Infractores, en lo concerniente a la redacción de Resoluciones de Inclusión, Mantenimiento y Exclusión de Infractores.
  • Gestionar y dar seguimiento del efectivo cumplimiento de todo lo concerniente a la Formación, Titulación y Guardia de la Gente de Mar.
  • Elaborar Acuerdos o Memorandos de Cooperación con otras Administraciones Marítimas, relativos a la formación y certificación de la gente de mar.