REQUISITOS PARA LICENCIAS DE AGUAS NACIONALES DE PATRÓN DE NAVE DE PLACER DE 1A, 2DA Y 3A CLASE

REQUISITOS PARA LICENCIAS DE AGUAS NACIONALES DE PATRÓN DE NAVE DE PLACER DE 1A, 2DA Y 3A CLASE

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) tomando en consideración el crecimiento exponencial que tiene el chárter náutico (alquiler de embarcaciones de recreo) y en la oferta de servicios vinculados a ello, le recuerda a la gente de mar que es necesario que cuenten con su licencia respectiva, las cuales pueden ser de Aguas Nacionales o de Aguas Internacionales.

 

Los requisitos para la expedición de licencias para marinos de Aguas Nacionales que laboren a bordo de buques de bandera panameña, se encuentran basados en el cumplimiento de la Resolución J.D. No. 053-2018 del 19 de diciembre de 2018, los mismos son tramitados a través del Departamento de Titulación de la Dirección General de la Gente de Mar (DGGM), de la AMP. Para cualquier consulta, se habilitó el correo electrónico titulaciondigital@amp.gob.pa.

 

Las licencias vigentes dentro de nuestras aguas jurisdiccionales, que se tramitan son las siguientes: Patrón de nave de placer de 1ra. clase (mayor de 20 metros de eslora); Patrón de nave de placer de 2da. clase (de 8 metros hasta 20 metros de eslora); Patrón de nave de placer de 3ra. clase (menor de 8 metros de eslora).

 

Requisitos generales para todas las licencias de Aguas Nacionales:

 

  • Una (1) fotografía a color 4 x 4 cm (hombros y cara expuesta, sin sombrero, fondo blanco) tomada recientemente (no más de seis (6) meses), adjuntar el formulario de solicitud.
  • El marino que aplique personalmente en la oficina principal de la AMP en Panamá, estará exento de presentar la foto, ya que la misma será tomada al momento de la aplicación.
  • Documento original: pasaporte vigente (para extranjeros) o cédula de identidad personal vigente (para panameños).
  • Certificado de Buena Salud (validez de 3 meses a partir de la fecha de emisión), emitido por un médico idóneo panameño y deberá contar con sello del doctor y de la clínica, hospital o centro de salud.
  • Toda solicitud presentada al Departamento de Titulación (Dirección General de Gente de Mar de la Autoridad Marítima de Panamá oficinas principales en Panamá) tiene un costo de US$8.00, mediante estampado de máquina franqueadora [en base al Artículo 55 de la Ley No.8 del 15 de marzo de 2010] o pago en las oficinas Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas, traer recibo.

 

1- Patrón de nave de placer de 1ra. clase (mayor de 20 metros de eslora):

 

  • Los cursos de formación básica en seguridad emitidos por un Centro de Formación Marítima reconocido por la Autoridad Marítima de Panamá:
    • OMI 1.19 – Técnicas de Supervivencia Personal.
    • OMI 1.20 – Prevención y Lucha contra Incendios.
    • OMI 1.21 – Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales.
    • OMI 1.13 – Primeros Auxilios Básicos.
  • Curso de Patrón de Nave de Placer de 1ra clase.
  • Patente de la Nave o Carta de la Compañía.

2- Patrón de nave de placer de 2da. clase (de 8 metros hasta 20 metros de eslora):

 

  • Los cursos de formación básica en seguridad emitidos por un Centro de Formación Marítima reconocido por la Autoridad Marítima de Panamá:
    • OMI 1.19 – Técnicas de Supervivencia Personal.
    • OMI 1.20 – Prevención y Lucha contra Incendios.
    • OMI 1.21 – Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales.
    • OMI 1.13 – Primeros Auxilios Básicos.
  • Curso de Patrón de Nave de Placer de 2da clase.
  • Patente de la Nave o Carta de la Compañía.

3- Patrón de nave de placer de 3ra. clase (menor de 8 metros de eslora):

 

  • Curso de Seguridad Marítima para Aguas Nacionales emitido por un Centro de Formación Marítima reconocido por la Autoridad Marítima de Panamá o
  • Los cursos de formación básica en seguridad emitidos por un Centro de Formación Marítima reconocido por la Autoridad Marítima de Panamá:
    • OMI 1.19 – Técnicas de Supervivencia Personal.
    • OMI 1.20 – Prevención y Lucha contra Incendios.
    • OMI 1.21 – Seguridad Personal y Responsabilidades Sociales.
    • OMI 1.13 – Primeros Auxilios Básicos.
  • Curso de Patrón de Nave de Placer de 3era. Clase.

 

Nota: Todo  marino que posea una licencia de aguas jurisdiccionales de la República de Panamá, estará sujeto a pruebas aleatorias de consumo de alcohol y estupefacientes, que se realizarán por las autoridades competentes en los Puertos Nacionales, cuando así lo consideren necesario.

 

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