Dirección Operativa: DIRECCIÓN DE PUERTOS E INDUSTRIAS MARITIMAS AUXILIARES

Reiteramos que los proveedores de servicios marítimos auxiliares que no estén autorizados mediante una Licencia de Operación emitida por la Dirección General de Puertos e lndustrias Marítimas Auxiliares de la Autoridad Marítima de Panamá, no podrán ingresar a las instalaciones portuarias públicas y concesionadas a nivel nacional.

Instrumento Legal: Circulares
Número Legal: 017
Número Gaceta:
Legal Fecha: 18 / Septiembre / 2024
Gaceta Fecha: 18 / Septiembre / 2024
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