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Dirección Operativa: DIRECCIÓN DE PUERTOS E INDUSTRIAS MARITIMAS AUXILIARES
Crear la tasa por el Servicio de Mitigación de Daños por efectos de contaminación, a razón de B/.0.02/TRB, la cual deberán pagar a la Autoridad Marítima de Panamá todas las naves que ingresen a los puertos de la República de Panamá sin excepción.
Instrumento Legal: Resoluciones de Junta Directiva
Número Legal: 020-2009
Número Gaceta: 26417-C
Legal Fecha: 29 / Octubre / 2009
Gaceta Fecha: 30 / Noviembre / 2009