Dirección Operativa: DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE

Por la cual se adoptan las medidas referentes a las operaciones de trasvase buque a buque (STS por sus siglas en inglés) para los petroleros de bandera panameña de arqueo bruto igual o superior a 150 toneladas, donde quiera que se encuentren, a fin de prevenir las operaciones ilegales de la “flota oscura” o la “flota en la sombra”, con base en lo establecido por la Organización Marítima Internacional (IMO por sus siglas en inglés).

Instrumento Legal: Resoluciones Especiales
Número Legal: 106-035
Número Gaceta: 30271-A
Legal Fecha: 11 / Abril / 2025
Gaceta Fecha: 06 / Mayo / 2025
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