Dirección Operativa: DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE
se limita el periodo de vigencia de las patentes provisionales y patentes reglamentarias de navegación, así como el de las licencias de radio provisionales y licencias de radio reglamentarias, dedicadas a la pesca o que estén vinculadas a actividades relacionadas a la pesca, de tal modo que su vigencia no sea superior a la validez de la carta de no objeción, licencia internacional de pesca de captura o la licencia internacional de pesca de actividades relacionadas a la pesca, según sea el caso, emitida por la autoridad de recursos acuáticos de panamá.
Instrumento Legal: Resoluciones Especiales
Número Legal: 106-57
Número Gaceta: 29625
Legal Fecha: 06 / Septiembre / 2022
Gaceta Fecha: 19 / Septiembre / 2022




