Prestar un servicio marítimo sin contar con Licencia de Operación
La ejecución comprobada de actividades distintas a las autorizadas en la licencia de operación.
No actualizar oportunamente el cambio de domicilio y Representante Legal de la empresa que presta el servicio marítimo auxiliar.
Cuando al momento de la inspección e compruebe que la empresa está operando con equipos no autorizados para brindar el servicio marítimo auxiliar.
Cuando una Agencia Naviera contrate con empresas la prestación de servicios marítimos auxiliares sin que éstas posean licencia de operación.
Cuando los puertos o terminales portuarios concesionados permitan el acceso a empresas que no posean licencia de operación para brindar servicios marítimos auxiliares regulados por la Autoridad Marítima de Panamá.
No mantener copias autenticadas por la Autoridad Marítima de Panamá de la Licencia de Operación en su domicilio comercial y equipos autorizados.
No exhibir en un sitio visible en los equipos la constancia de la inspección regular.
Brindar servicios marítimos auxiliares en áreas no autorizadas.