Registro Especial Lay – up

El Departamento de Registro de Buques, podrá exigir la presentación de cualquier otro documento adicional que estime conveniente, ya sea, por la condición de la nave, su edad, el servicio que presta o el área geográfica donde navegue.
Para más detalles favor accesar a: http://www.panamaregistry.com.pa/

Requisitos:

  1. Presentar la solicitud formal en la Dirección General de Marina Mercante a través de abogado idóneo en Panamá (Consulado Privativo de Marina Mercante, Oficina Económica y Comercial de Panamá o cualquier otro ente autorizado para estos fines por la Autoridad Marítima de Panamá en el exterior).
  2. La solicitud debe especificar la fecha en que la nave ha sido retirada de la explotación y la ubicación exacta donde la nave se encuentra.
  3. Poder otorgado a un abogado idóneo en la República de Panamá, en los casos de naves provenientes de registro extranjero.
  4. Documento que acredite el título de propiedad sobre la nave, a nombre del solicitante, en el caso de no encontrarse registrada en Panamá.
  5. En los casos de naves provenientes de registro extranjero, deberán presentar documento que acredite la cancelación de dicho registro.
  6. Declaración jurada por parte del propietario, donde señale que la nave ha sido retirada de la explotación y que la misma no será movida o navegada mientras porte la patente especial.
  7. Declaración de Lay – up, por parte de la Organización Reconocida donde señale que la nave ha sido retirada de la explotación y/o nota por parte de la Autoridad de Puerto donde se encuentra la nave, señalando que la nave se en dicho puerto debido a que la misma fue retirada de la explotación.
  8. Cualquier otra documentación adicional que requiera la Dirección General de Marina Mercante.

Se recomienda incluir al final de los requisitos de cada trámite, un pie de página que indique lo siguiente:

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