Documentos conexos a la Hipoteca Naval
Modificaciones a la Hipoteca
Se podrán registrar ante la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves todos los documentos que modifiquen, adicionen o enmienden los créditos hipotecarios, siempre y cuando conste debidamente inscrita la Hipoteca Naval que origina el cambio.
Son considerados como documentos conexos a la hipoteca, entre otros los siguientes:
- Adenda
- Enmienda
- Adición
Cambio de Acreedor Hipotecario
Se deberán registrar ante la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves, todos los documentos mediante los cuales se realiza un cambio de acreedor hipotecario y/o de deudor hipotecario.
Estos documentos pueden ser entre otros los siguientes:
- Cesión de Créditos Hipotecarios
- Fusión de Acreedores Hipotecarios
- Incorporación de nuevo Acreedor Hipotecario
- Asunción de Hipoteca
Acuerdo entre Acreedores Hipotecarios
Se podrán registrar ante la Dirección General de Registro Público de Propiedad de Naves, los acuerdos o convenios entre acreedores hipotecarios de una misma nave.
Estos documentos pueden ser entre otros los siguientes:
- Convenio de Equidad
- Acuerdo de Coordinación
- Convenio de Subordinación
Créditos Marítimos Privilegiados
Los créditos marítimos privilegiados son aquellos que surgen de la utilización, disfrute o explotación de una embarcación, y por imperio de la ley, ya sea nacional o por convenciones internacionales, se entiende como el derecho que la ley reconoce a un acreedor en razón de la calidad y causa de su crédito. Ello con la finalidad de ser preferido para el pago ante los demás acreedores. Esto puede ser sobre el conjunto de bienes de su deudor o bien, sobre algunos de ellos solamente.