Créditos Marítimos Privilegiados
- Las Costas Judiciales causadas en el interés común de los acreedores marítimos.
- Los gastos, las indemnizaciones y los salarios de asistencia y de salvamento.
- Los salarios, las retribuciones y las indemnizaciones debidas al capitán y a individuos de la tripulación.
- La Hipoteca Naval.
- Los créditos a favor del Estado panameño en concepto de tasas e impuestos.
- Los salarios y estipendios debidos a los estibadores y mueleros contratados directamente por el propietario, operador o capitán de la nave para la carga o descarga de esta.
- Las indemnizaciones a que hubiera lugar por perjuicios causados por culpa o negligencia
- Las cantidades debidas a título de contribución en las averías comunes.
- Las sumas debidas en virtud de obligaciones contraídas para las necesidades y aprovisionamiento de la nave.
- Las cantidades tomadas a la gruesa sobre el casco de la nave y aparejos para los pertrechos, armamento y aprestos, y las primas de seguro.
- Los salarios de prácticos y de guardianes y los gastos de conservación y custodia de la nave, sus aparejos y pertrechos.
- Las indemnizaciones debidas a los cargadores y pasajeros por falta de entrega de las cosas cargadas o por avería de estas, imputables al capitán de la tripulación.
- El precio de última adquisición de la nave y los intereses debidos.